hola a todos, Wes en parte tiene razon, el cliente se puede negar a pagar cuando el trabajo no ha sido sastifactorio, eso no es del reglamento regulador de tintorerias, si no de la ley general de derchos de usuarios, pero ese tema hay que matizarlo algo mas, 1º para agarrarse a eso el usuario, a la hora de depositar la prenda, tiene que hacer constancia de la existencia de las manchas o problema concreto de la prenda, y a la vez el prestador del servicio, garantizarle que se solucionara, en este caso, tiene una logica aplastante de no pagar por algo que no me has hecho.
2º si el usuario a la hora de depositar la prenda no expecifica nada sobre las manchas o problema de la prenda, y el resultado no es sastifactorio para el cliente, lo maximo que puede pedir es la repeticion de la limpieza, precisamente por dejar al prestador del servicio en una indefension total al desconocer el origen real de las manchas o problema de la prenda, un ejemplo, americana con mancha de tinta en el bolsillo interior, por mucho que se limpie siempre estara la mancha , si el usuario no expecifica que el motivo de contratar el servicio es quitar esa mancha, no podra negarse a pagar el servicio, pero si al depositar esa prenda, la usuaria enseña la mancha y dice, se quitara esta mancha? y la tintoreria le contesta, si, sin ningun problema, entonces no puede cobrar el servicio,
la practica comercial de lleve la prenda a otra tintoreria, y si se la quitan le devuelvo su dinero, es buena, yo tambien la aplico, claro esta que me aseguro bien de que no se quita, como tambien me aseguro de que nadie la quite, jajaja, pero es eso, solamente, una practica comercial no es obligacion comercial.
un saludo
fernando